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E2 Visa (Inversionista)

Si eres un inversionista internacional proveniente de un país elegible, puedes aplicar para la visa E2. No pierdas tu oportunidad de expandir tu negocio en un mercado tan importante como el de EEUU

Detalles sobre el proceso

Toque en uno de los temas a continuación y obtenga la información que necesita.

Para calificar para una visa E-2, el inversionista del tratado debe:

  •  Ser ciudadano de un país del tratado.
  • Debe ser ciudadano y no solo residente de uno de los países del tratado.
  • No es necesario que viva en ese país del tratado.
  • Haber invertido una cantidad sustancial de capital en una empresa comercial en EE. UU.
  • Recomendar una inversión mínima de $ 100,000- $ 200,000 USD.
  • En casos excepcionales, las aplicaciones con una inversión mínima de $ 50,000 USD pueden ser considerados buenos candidatos.
  • Presentar evidencia que demuestre que la inversión es sustancial.
  • Extractos bancarios.
  • Lista detallada de bienes y materiales comprados.
  • Plan de negocios formulado con su éxito proyectado.
  • Poner fondos en riesgo.
  •  Debe colocar fondos para la puesta en marcha y la inversión debe correr el riesgo de perderse.
  • Tener una empresa real.
  • Debe ofrecer un bien o servicio y generar ganancias.
  • Las inversiones en bienes raíces, terrenos no urbanizados o acciones no califican.
  • Tener la intención de ingresar a los EE.UU. únicamente con el fin de desarrollar y dirigir la empresa comercial.
  • Ser el inversionista principal, poseer  cargo de supervisor, ejecutivo o personal de conocimiento especializado.
  •  Demostrar la propiedad de al menos el 50% del negocio o poseer control.
  •  Los trabajadores ordinarios calificados y no calificados no califican.
  • Tener un impacto significativo.
  • Debe demostrar un beneficio público significativo para los EE. UU. En función de su papel en el negocio.
  • Tener más que una empresa comercial marginal.
  •  La empresa debe generar un ingreso significativamente más alto que un ingreso promedio, que proporciona una vida modesta al inversor y a su familia.

Alguna evidencia que se puede presentar para demostrar que el negocio de inversión es de buena fe incluyen:

  • Declaraciones de impuestos
  • Estados financieros
  • Informes de salario trimestrales o resúmenes de nómina (es decir, W-2, W3)
  • Organigrama empresarial
  • Documentos comerciales (es decir, permisos, licencia ocupacional, autorizaciones locales)
  • Documentos de transacciones bancarias (por ejemplo, contratos y facturas)
  • Materiales de marketing empresarial (por ejemplo, anuncios, eventos, sitio web) y
  • contrato de arrendamiento

Para calificar para traer un empleado a los EE. UU. el empleador debe:

  1. Cumplir con el requisito de nacionalidad para un inversor (es decir, la nacionalidad de un tratado país), u organización empresarial (es decir, en al menos el 50% de la propiedad debe tener la nacionalidad del país del tratado)
  2. Tener la misma nacionalidad que el empleado y,
  3. Mantener la clasificación de visa “E” si no está residiendo fuera de los EE. UU.

Al evaluar el elemento ejecutivo y / o supervisor, se deberán considerar los siguientes factores:

(1) El título del puesto destinado del empleo; los deberes del puesto que tiene el solicitante; el grado en el que el solicitante tendrá el control y la responsabilidad finales de las operaciones comerciales; el número y los niveles de habilidad de los empleados que el solicitante supervisar, el nivel de pago

(2) Si el elemento ejecutivo o supervisor del puesto es una función principal y no es una función secundaria o colateral y

(3) El peso que se le asignará a un factor dado.

(a) Por ejemplo, el título del puesto de “gerente” podría ser útil para evaluar el puesto de supervisor si el solicitante tiene numerosos empleados

➢ Cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de edad se pueden incluir en la solicitud y puede acompañar al inversor / empleado a los Estados Unidos.

➢ No es necesario que las nacionalidades de cónyuges e hijos sean las mismas que el inversor / empleado

➢ Si se aprueba la solicitud se les concederá, ,a los miembros de la familia, el mismo período de permanencia que al inversor / empleado

➢ Si ya se encuentran en los EE. UU. pueden solicitar renovación de su clasificación dependiente E-2

Los cónyuges pueden solicitar autorización para trabajar mediante formulario de presentación I-765. Si se aprueban, no tienen restricciones en cuanto a dónde pueden trabajar en los EE. UU.

Como funciona?

Proceso rapido y facil.

01. Reunion

Vamos a conversar sobre tus objetivos y entender así como podemos ayudarte a alcanzarlos.

02. Evaluacion del perfil

Analizaremos cuidadosamente tu perfil para definir la mejor estrategia para ti.

03. Reunion de presentacion de estrategia

Te presentaremos una estrategia personalizada y responderemos todas tus preguntas.

04. Firma del contrato de servicios juridicos

Se firma un contrato con el abogado.

05. Estructuración del caso

Prepararemos tu caso con precisión, garantizando la mejor oportunidad de éxito.

06. Presentación del pedido del visado

Enviaremos tu caso siguiendo todos los plazos y protocolos necesarios.

07. Esperando respuesta de inmigración

Acompañaremos tu proceso de cerca y te mantendremos informado.

08. ¡Todo listo!

¡Ahora es hora de partir! Si se aprueba, tu proceso será finalizado y recibirás todo lo que necesitas para tu viaje.

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Se firma un contrato con el abogado.

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06. Presentacion del pedido del visado

Enviaremos tu caso siguiendo todos los plazos y protocolos necesarios.

07. Esperando respuesta de inmigración

Acompañaremos tu proceso de cerca y te mantendremos informado.

08. ¡Todo listo!

¡Ahora es hora de partir! Si se aprueba, tu proceso será finalizado y recibirás todo lo que necesitas para tu viaje.

Vamos a elaborar la mejor solucion para su caso!